Antiguart
Antigüedades y restauración obras de arte
983
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Bastón de mando de oro y carey, 1900 circa.
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*ARTÍCULO 8 c) DE LA CITES. b) – DEROGACIONES
El artículo 8(b) del Reglamento (CE) n.º 338/97 del Consejo (CITES), también conocido como la «excepción para antigüedades», permite la venta de este tipo de objetos (definidos como anteriores a 1947). De hecho, la legislación actual prevé una exención de la certificación CITES para los objetos procesados y adquiridos antes de junio de 1947 y modificados significativamente respecto de su estado natural para uso ornamental, artístico, de joyería o de instrumentos musicales (es decir, sólo para el material que fue "procesado" antes de 1947 y fue transformado desde su estado natural a través del procesamiento).